Con 87 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, este jueves el Pleno del Senado de la República aprobó en lo general y particular las modificaciones y adiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal para sancionar la violencia digital contra las mujeres.
Esta reforma, conocida como ‘Ley Olimpia’ permitirá sancionar a las personas que publiquen imágenes sexuales sin consentimiento de las mujeres que aparezcan en dichas imágenes o sean víctimas del acoso, hostigamiento o violencia dentro de la web
La aprobación se dio entre aplausos de los presentes en la Cámara Alta y quedaron pendientes adiciones que presentaron al proyecto de dictamen los senadores del PAN, Xóchitl Gálvez y Damián Zepeda.
“Mandamos un mensaje de que todas las fuerzas políticas, a pesar de sus diferencias, están a favor de la erradicación de la violencia en contra de las mujeres”, pidió la senadora Martha Lucía Micher, presidenta de la comisión de Equidad de Género y principal impulsora en el Legislativo, al argumentar a favor de la aprobación de la Ley Olimpia.
“Hoy honramos la memoria de las mujeres víctimas de feminicidio y les decimos a las mujeres que quienes vivan hechos de violencia no están solas Larga vida a las mariposas”.
La nueva ley contempla penas de 3 a 6 años de prisión para los agresores, obliga a las páginas de internet a bloquear los contenidos y avisar de manera inmediata a los usuarios cuando incurran en violaciones; incluye la digital como una nueva modalidad de la violencia, y agrega la que se desarrolla en los medios de comunicación.
Como parte de este dictamen, se establece que los jueces y ministerios públicos podrán ordenar de manera inmediata que empresas como Facebook o Twitter, o cualquier página de internet donde se distribuyan estos contenidos, interrumpan, bloqueen, destruyan o eliminen estos archivos; además, se deberá avisar de manera inmediata a los usuarios que las compartan que el contenido será inhabilitado por orden judicial.